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Acuerdos Salariales Homologados (semana 27/07/2012)
Les acerco los acuerdos salariales homologados durante esta semana.
Les dejo el número de Resolución y la dependencia que la dictó para que la puedan buscar en Infoleg
Les dejo el número de Resolución y la dependencia que la dictó para que la puedan buscar en Infoleg
Esta vez salió tarde porque estaba de vacaciones
Vitivinícolas. Obreros y Empleados, CCT 85/1989. Viñateros. Obreros y Empleados, CCT 154/1991.
Establece, para el personal comprendido en el convenio colectivo de trabajo 85/1989, el pago por única vez de una asignación no remunerativa de $ 3.750, que se abonará durante el período comprendido entre los meses de marzo a diciembre de 2012, inclusive. Asimismo, para el personal comprendido en el convenio colectivo de trabajo 154/1991 se conviene el pago, por única vez, de una asignación no remunerativa de $ 3.550, que se pagará durante el período comprendido entre los meses de marzo a diciembre de 2012, inclusive.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 895/2012
Textiles. Obreros, CCT 500/2007.
Se declaran homologados los dos Acuerdos celebrados en el marco del convenio colectivo de trabajo 500/2007. El primer Acuerdo establece que la asignación no remunerativa establecida por el Acuerdo convencional homologado por la disposición (DNRT) 15/2012 de $ 550 se prorroga hasta su incorporación al salario del trabajador.
Al respecto, se establece que a partir del 1/8/2012 se convertirán en remuneración $ 150; a partir del 1/10/2012 se convertirán en remuneración otros $ 200; y finalmente, los restantes $ 200 se convertirán en remuneración a partir del 1/12/2012. La asignación no remunerativa a pagar en junio de 2012 por $ 550 se incrementará con una suma de $ 275, por ese único mes.
El segundo Acuerdo conviene que a partir del 1/6/2012 se abonará un adicional no remuneratorio del 15% de las remuneraciones brutas en cada mes, hasta el 31/5/2013.
Por último, se pactan nuevas escalas de salarios básicos, con vigencia a partir del 1/11/2012 hasta el 30/11/2012.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 1026/2012
Madereros. Ramas: Muebles, Aberturas, Carpinterías y demás Manufacturas de Madera y Afines; Maderas Terciadas; Aserraderos, Envases y Afines, y Aglomerados, CCT 335/1975.
Establece incrementos salariales, no acumulativos, que se abonarán de la siguiente manera: 10% para el cuatrimestre de abril a julio de 2012; 8% para el cuatrimestre de agosto a noviembre de 2012; y 7,5% para diciembre de 2012 a marzo de 2013. Los citados incrementos serán no remunerativos hasta el vencimiento de cada uno de los cuatrimestres pactados, pasando al salario básico como sumas remunerativas a partir del 1/8/2012, 1/12/2012 y 1/4/2013, respectivamente.
RESOLUCIÓN (Sec. Trabajo) 1036/2012
Cosecha de fruta fresca. Provincias de Río Negro y Neuquén.
Se pactan nuevas condiciones económicas para los trabajadores de la cosecha de fruta fresca en las Provincias de Río Negro y Neuquén, para la temporada 2011/2012.
RESOLUCIÓN (ST) 1021/2012
Espectáculos públicos. Complejos cinematográficos, CCT 523/2007.
Establece las nuevas escalas salariales con vigencia a partir del 1/3/2012, 1/8/2012 y 1/11/2012. Asimismo, incorpora al artículo 6 del mencionado convenio colectivo de trabajo las categorías de trabajadores que realicen tareas de “limpieza precaria” y de “Oficial de alimentos y bebidas en salas VIP, premium o lugares habilitados a tales efectos”. Por último, se conviene un aporte solidario del 2% a cargo de los trabajadores, con vigencia a partir del 1/3/2012 y hasta el 28/2/2013.
RESOLUCIÓN (ST) 1011/2012
Construcción. Empleados. Córdoba, CCT 151/1975.
Se conviene el pago de una suma no remunerativa que será abonada con un máximo de 6 (seis) cuotas mensuales, con vencimiento la primera el día 15/3/2012 y las restantes los días 15 de los meses subsiguientes.
RESOLUCIÓN (ST) 990/2012
Comercio. Transporte de Caudales, CCT 130/1975.
Actualiza los importes correspondientes a los ítems de "Adicional falla de caja" y "Seguro de proceso de valores", en el marco del CCT 130/1975 y su módulo particular número 1 a partir del 1 de marzo de 2012.
RESOLUCIÓN (ST) 1006/2012
Despachantes de Aduana. Empleados. Capital Federal, CCT 417/2005.
Incremento salarial del 15% sobre los básicos de abril de 2012, con vigencia a partir del 1/5/2012, y un incremento del 8,5% sobre los básicos de abril de 2012, que regirá a partir del 1/10/2012. Asimismo, fija el monto de la “asignación por almuerzo” a partir de 1/6/2012, el cual será de $ 45 por día trabajado.
RESOLUCIÓN (ST) 1010/2012
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