Comportamiento antisocial
En muchos casos las conductas antisociales se consideran faltas o delitos sancionados por la ley (contra la propiedad como el robo o el vandalismo, o contra las personas, como cualquier tipo de agresión, acoso o coacción); el propio derecho penal puede entenderse como orientado a responder al comportamiento antisocial mediante la sanción de las desviaciones de la norma social que asegura la cohesión y la convivencia.
Comportamiento antisocial es la denominación con que, desde la perspectiva de la defensa del orden social, se etiqueta peyorativamente o criminaliza la conducta deliberada que se considera como perjudicial o peligroso para la sociedad (peligrosidad social).1 También se puede denominar así por los propios que llevan a cabo o promueven esas conductas; en este caso como forma de reivindicación de una lucha social o una propuesta cultural (contracultura) por los que conscientemente optan por alterar el orden social establecido (el establishment -"lo establecido"-).
En otras ocasiones, la transgresión del orden, dada su levedad, no se considera que merezca sanción penal, sino administrativa; o incluso se la encuentra justificada o legitimada, en cuyo caso no es ilícito alguno, habiéndose definido incluso un concepto denominado "derecho a molestar"

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http://www.mundotkm.com/tests/popular-o-antisocial

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Comportamiento antisocial es la denominación con que, desde la perspectiva de la defensa del orden social, se etiqueta peyorativamente o criminaliza la conducta deliberada que se considera como perjudicial o peligroso para la sociedad (peligrosidad social).1 También se puede denominar así por los propios que llevan a cabo o promueven esas conductas; en este caso como forma de reivindicación de una lucha social o una propuesta cultural (contracultura) por los que conscientemente optan por alterar el orden social establecido (el establishment -"lo establecido"-).

En otras ocasiones, la transgresión del orden, dada su levedad, no se considera que merezca sanción penal, sino administrativa; o incluso se la encuentra justificada o legitimada, en cuyo caso no es ilícito alguno, habiéndose definido incluso un concepto denominado "derecho a molestar"



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