PARÍS | MADRID.- Un tribunal de Nantes ha sentenciado a dos meses de cárcel —exentos de cumplimiento— y una multa a un internauta que procedía a descargar películas por el sistema de intercambio directo de ficheros (peer-to-peer).
De este modo el hombre había acumulado cerca de 400 películas en su ordenador. Ahora tendrá que pagar una indemnización de 10 euros por cada una de ellas a las asociaciones que se habían constituido en parte civil y que se dedican a la edición de vídeos y películas.
En junio de 2006 el Parlamento francés aprobó definitivamente una ley que regula las descargas de obras a través de la Red y establece penas de cárcel y multas en algunos supuestos ilegales.
El juzgado de Nantes ha tenido en cuenta que el internauta descargaba películas para su propio disfrute, sin interés lucrativo y por eso le ha aplicado sanciones reducidas.
La ley francesa establece sanciones graduales que pueden llegar a los tres años de cárcel y fuertes multas para el que comercialice programas destinados a fomentar la piratería.
La legislación española permite la realización de copias privadas a partir de un original, así como el intercambio de material protegido por derechos de autor (también a través de la Red), aunque las últimas reformas legales lo circunscriben al ámbito doméstico.
fuente.http://www.elmundo.es/navegante/2007/01/12/tecnologia/1168591121.html






De este modo el hombre había acumulado cerca de 400 películas en su ordenador. Ahora tendrá que pagar una indemnización de 10 euros por cada una de ellas a las asociaciones que se habían constituido en parte civil y que se dedican a la edición de vídeos y películas.
En junio de 2006 el Parlamento francés aprobó definitivamente una ley que regula las descargas de obras a través de la Red y establece penas de cárcel y multas en algunos supuestos ilegales.
El juzgado de Nantes ha tenido en cuenta que el internauta descargaba películas para su propio disfrute, sin interés lucrativo y por eso le ha aplicado sanciones reducidas.
La ley francesa establece sanciones graduales que pueden llegar a los tres años de cárcel y fuertes multas para el que comercialice programas destinados a fomentar la piratería.
La legislación española permite la realización de copias privadas a partir de un original, así como el intercambio de material protegido por derechos de autor (también a través de la Red), aunque las últimas reformas legales lo circunscriben al ámbito doméstico.

fuente.http://www.elmundo.es/navegante/2007/01/12/tecnologia/1168591121.html









