


TE TIRO LA POSTA SOBRE LO QUE DIJO EL PELADO CORDERA

NO HAY RESUMEN LVL 5. No se puede sintetizar.

El "pelado" Cordera en una entrevista que se le hizo en una escuela de periodismo (en donde las reglas eran la no difusión de la entrevista para que quede solo en ese ambito privado) opinó lo siguiente:


INMEDIATAMENTE SALTO LA ORDA DE MORALISTAS, FEMINAZIS, TROLLS, PANELISTAS DE TV BUSCANDO RATING, GENTE OPINANDO SIN SABER, ETC A PONERSE COMO LOCOS/AS.
VAMOS A ANALIZAR ORACION POR ORACIÓN

"Es una aberración de la ley que si una pendeja de 16 años con la concha caliente quiera coger con vos, no te la puedas coger".
Corrección: Si la podes coger. Por lo menos la ley penal de Argentina así lo establece. Así que si un tipo de 40 se quiere empernar una pendeja de 16 solo puede ser reprochable moral y socialmente.
Que dice el código penal:
Menor de 13 años: Específicamente, se considera que hay abuso sexual –siempre y sin ninguna excepción- cuando la relación es con una niña o niño menor de 13 años (12 años o menos). Es decir, el autor no puede alegar en estos casos que la chica o chico haya consentido el acto sexual.
Articulo 119: "Será reprimido con reclusión o prisión de seis meses a cuatro años el que abusare sexualmente de persona de uno u otro sexo cuando, ésta fuera menor de trece años"
Menor de 16 años: El panorama cambia cuando la potencial víctima tiene 13, 14 o 15 años. En este caso puede darse la figura del abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez de la víctima, antes conocida como “estupro”.
Así, para que se configure este delito, se debe dar un requisito extra al de la edad (13, 14 y 15 años) de la chica o chico: el autor del hecho debe “aprovecharse de la inmadurez sexual de la víctima en razón de su mayoría de edad, su relación de preeminencia respecto de la víctima u otra circunstancia equivalente" (artículo 120 del Código Penal) .
Articulo 120: "Será reprimido con prisión o reclusión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo 119 con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente, siempre que no resultare un delito más severamente penado.
16 años o mayor: A esta edad, los adolescentes ya poseen consentimiento sexual pleno. Sólo puede configurarse el delito por otras causas, ajenas a la edad.
Es decir, cuando la persona es obligada al acto sexual “mediante violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción”, establece el Código Penal (artículo 119).
FUENTE CÓDIGO PENAL ARGENTINO

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/15000-19999/16546/texact.htm

"Hay mujeres que necesitan ser violadas para tener sexo porque son histéricas y sienten culpa por no poder tener sexo libremente".
-Es verdad que hay mujeres son histéricas y reprimidas sexualmente pero ninguna necesita (debe) ser violada por más que sea una gorda histérica feminazi nivel 5.
-No hay apología al delito como están diciendo las viejas mal culeadas histéricas y feminazis de algunos programas de TV. La entrevista se hizo con el acuerdo de ser en un ámbito privado y sin difusión y además fue una opinión. Es como si en una reunión intima entre amigos opino que hay que hacer un golpe de estado y matar al presidente y el pelotudo me filma y lo publica en todos lados y salta toda la sarta de boludos de los medios diciendo que ando haciendo apología del delito.
-El que estuvo fuera de lugar fue el pendejo que publicó esa parte de la entrevista.
Captura de lo que dice el reglamento de ATE-ARTE donde se hizo la entrevista:

FUENTE

https://www.facebook.com/TEA.Arte.Arg/posts/1471927856155937
Nota de color: Como las feminazis se pusieron locas porque en el primer comunicado no repudiaron lo que dijo Cordera (que fue una filtración de una opción en un ámbito privado) luego tuvieron que salir a dar otro comunicado cambiando un poco las reglas (sobre la marcha) para dejarlas satisfechas.

FUENTE

https://twitter.com/TEA_Arte

"Si yo tengo algo bueno para darte puedo desvirgarte como nadie en el mundo".
Una pelotudez intrascendente. No merece análisis.

"A mi hablame como te sentis y te entiendo, pero si me hablas de los derechos no te escucho porque no creo en las leyes del hombre, si en las de la naturaleza".
-Tiene un 90% de razón. Así como muchas leyes del hombre son útiles y necesarias muchas otras son arbitrarias, incoherentes, innecesarias y hasta esconden fines ajenos a los que dicen tener.
-En este caso, sobre la edad para dar el consentimiento sexual es una arbitrariedad. Varia de país en país y hasta varía con el tiempo en un mismo Estado.
-Por diferentes razones (culturales, morales, de presión social, populistas, etc) que son solo creadas en la cabeza de algunos legisladores las edades van variando con el tiempo por lo que no estamos ante algo real sino ante algo ideal, algo que solo está en la cabeza de algunas personas.
-Para dar un ejemplo: La mayoría de edad en Argentina era de 22 en un momento, luego 21, luego 18. Además se era mayor para algunas cosas y otras no, así por ejemplo podrías ser mayor de edad para ir a la guerra pero menor de edad civilmente. O ser mayor de edad para algunas cosas pero menor para ser comerciante. También se había diferencias en la capacidad civil según si eras mujer o varón (porque el mambo que había en la cabeza de algunos legisladores asi lo dictaba)
-Siempre fue asi. Unos pocos legisladores según el mambo e intereses que tengan encima crean ficciones legales que no tienen relación con la realidad y hasta resultan incoherentes. Por eso que hoy un pibe a cierta edad no puede ir preso pero si votar.
-En que se basa la ley en que hoy sea legal tener relaciones con una de 16 y no una de 15. Mañana pueden decir que a los 17 se puede prestar el consentimiento sexual y no a los 16...
-La naturaleza dice otra cosa. Ya desde mucho antes de los 16 el cuerpo de una mujer esta lista para procrear. La ley natural difiere de la ley del hombre. Lo que hoy es ilegal, antes fue legal y mañana puede ser legal de nuevo.
-Por eso ahí Cordera no se equivocó. Las leyes del hombre muchas veces son poco creíbles, pocos coherentes, porco racionales. Si hoy la edad legal para presentar el consentimiento sexual fuera de 18...quien en su sano juicio podría creer que una mina de 17 o 16 no tiene conciencia y conocimiento sobre los que es coger? Lo mismo si comparas la edad con 16 y 15.
-En lo que está equivocado es que...guste o no hay que comportarse según la ley sino seria todo caos y anarquía. No nos podemos manejar libremente según las leyes de la naturaleza.


PD: LA MUSICA DE LA BERSUIT Y DE CORDERA ME PARECE UNA REVERENDA PORQUERIA.

link: https://www.youtube.com/watch?v=g3MoclzZb7c

