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Hola amigos, les traigo un breve post sobre Los Simpsons y el Derecho. ¿En qué consiste? Sencillo, en las situaciones cotidianas (licitas o no) que se ven en los capitulos (voy a poner los viejos porque son los mejores). Vamos a tomar como referencia tres aspectos del derecho: el civil, penal y constitucional, con la respectiva Constitucion Nacional (la Argentina para los usuarios de otros países), el Código Penal y el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. De paso, aprenden un poco sobre temas latentes en la sociedad.

Empecemos pues



Homero vende su alma al diablo



Recordado es el episodio de la Casita del Terror en la que Homero vende su alma a Satanás (Flanders) por una rosquilla. Tiempo después se procede a un juicio (después de que Homero infrigiera el pacto de no comerse TODA la rosca, entonces tendría que ir al infierno):

En primer lugar el juicio previo, amparado en el artículo 18 de la Constitución, mejor conocido como Principio de Legalidad:

Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en. ley anterior al hecho del proceso.

Precisamente, éste es la garantía del juicio previo, es claro y significa que si una persona comete un delito (en este caso, Homero viola lo pactado, pues se come su rosca, y consecuentemente si lo hacía, su alma le pertenece a Satanás) no puede ser castigada de inmediato. Es necesario que sea juzgada por el juez al que las leyes, con anterioridad al hecho, le atribuyeron la facultad de juzgarla, y si corresponde, de condenarla (aquí entra la garantía de juez natural). Posteriormente, y gracias a la prueba que Marge aporta, Homero conserva su alma, pero al haber violado el contrato, éste debe ser penado (este es un tema más engorroso, del que hablaré en una segunda parte).

Aplicando el principio de analogía (aunque el artículo 18 lo prohíbe), vamos a decir, a modo ilustrativo, que el alma de Homero es un bien mueble (Son cosas muebles las que pueden desplazarse por sí mismas o por una fuerza externa, art. 227 del Nuevo CCyCN), y en ese caso, el nuevo articulo del Código Civil, referido a cuando una cosa mueble es requerida por varios acreedores concurrentes.

Si varios acreedores reclaman la misma cosa mueble prometida por el deudor, son todos de buena fe y a título oneroso, tiene mejor derecho:

a. el que tiene emplazamiento registral precedente, si se trata de bienes muebles
registrables;
b. el que ha recibido la tradición, si fuese no registrable;
c. en los demás supuestos, el que tiene título de fecha cierta anterior.

El alma de Homero no puede ser registrada, pero Marge ha recibido la tradición, gracias a la foto que lo prueba. Por lo tanto, es su dueña.





Moe descubre petróleo


link: https://www.youtube.com/watch?v=41NMPh6qBUg

Si Moe hubiese descubierto petróleo en nuestro país, el mismo le hubiese pertenecido de pleno derecho al Estado nacional, provincial o municipal de acuerdo a lo que reza el nuevo artículo 236 del Nuevo Codigo Civil y Comercial de la Nación (CCyCN):

Pertenecen al Estado nacional, provincial o municipal, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales:

a. los inmuebles que carecen de dueño;
b. las minas de oro, plata, cobre, piedras preciosas, sustancias fósiles y toda otra de
interés similar, según lo normado por el Código de Minería;
c. los lagos no navegables que carecen de dueño;
d. las cosas muebles de dueño desconocido que no sean abandonadas, excepto los
tesoros;
e. los bienes adquiridos por el Estado nacional, provincial o municipal por cualquier
título.

Digamos entonces que Moe no se hubiese vuelto millonario.



¿Robo o Hurto?

En el capitulo "They Saved Lisa's Brain", en el que Homero y otros habitantes de Springfield se presentan en un concurso (despúes se arma una batahola), éste se roba un premio. Tal cual, luego le dice a Lisa:


link: https://www.youtube.com/watch?v=Qs-4wtdMPQc

En el capitulo "Grift of the Magi", Homero junto con Bart y Lisa, actuando estos de "campana", deciden HURTAR los Funzos de todos los hogares.



Ahora bien, hay una gran diferencia entre estas dos figuras del derecho: el primer caso, se trata de un robo, y concretamente nuestro Codigo Penal nos indica que:

"Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo o después de cometido para procurar su impunidad". (art. 164 Código Penal)

Mientras que el hurto, hace una clara diferencia al robo, tambien tipificada en nuestro CP: "Será reprimido con prisión de un mes a dos años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena." (art. 162 Código Penal).

En el hurto, pues, no hay una violencia fisica, fuerza en las cosas o las personas, un ejemplo, serían los pungas sigilosos de los colectivos o subtes. Ahora bien, cuando te apuntan con un revolver para sacarte el celular, o te noquean para robarte la billetera, entonces se configura el robo. Suponemos entonces, que Homero se agarro a las piñas con McBain para quedarse con el segundo lugar.



Homero, Burns y Smithers en Cuba

The Trouble With Trillions, Burns roba un billete de un trillón de dolares del gobierno de USA que iba a ser destinado a resarcir los daños de la Segunda Guerra. Homero, por no pagar sus impuestos, se ve obligado a ser la mascota de los servicios de inteligencia, y en una encomendación, tenía que recuperar el valioso billete. Cuando lo logra, noquea a los agentes y huye con Burns y Smithers a Cuba.


link: https://www.youtube.com/watch?v=Fud6BWD1Rk0



Una vez que Burns vaya a juicio se lo acusará, entré muchas otras cosas, por traición: "Será reprimido con reclusión o prisión de diez a veinticinco años o reclusión o prisión perpetua y en uno u otro caso, inhabilitación absoluta perpetua, siempre que el hecho no se halle comprendido en otra disposición de este código, todo argentino o toda persona que deba obediencia a la Nación por razón de su empleo o función pública, que tomare las armas contra ésta, se uniere a sus enemigos o les prestare cualquier ayuda o socorro." (art. 214 CP)



La propuesta 24

Todo empieza por culpa de un oso que merodeaba por la casa de Flanders. Ante la situación el pueblo encara al alcalde para que ponga a disposición de todos una patrulla antiosos. Se concreta, pero Homero al ver que debía pagar impuestos por ello, va a protestar de nuevo junto con la turba. El alcalde, ante la situacion de no saber que hacer, decide culpar a los inmigrantes y votar una propuesta para echarlos. El damnificado principal, sería Apu, que ahora deberá convertirse en un ciudadano americano.

Ahora bien, en nuestro país para poder echar del mismo modo que quería hacerlo Diamante o como lo hace habitualmente el gobierno de USA, tendría que reformar la Constitucion Nacional, pues no se puede "correr" del país a ningún extranjero. ¿Porque? Por esto:

1- En primer lugar, en el preambulo de nuestra Constitución nos determina uno de sus fines es "asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino".

2- El artículo 20 en su texto reza: "Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República." Que es redundante a lo determinado en el punto anterior.



Con eso concluye el Post queridos linces, espero que lo hayan leído. Exclusivo para fanaticos de los Simpsons y estudiantes de Derecho. Saludos!