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Educación modificó las atribuciones de las carreras. Incumbencias recortadas

Por si alguien no tiene claro el concepto de incumbencias:
__Actividades para las resulta competente un profesional, que pudieran comprometer el interés público.
_Su ejercicio queda reservado a quienes acrediten la obtención del título respectivo.
_Son el marco jurídico o legal dentro del cual se desenvuelve el ejercicio profesional y por lo tanto ninguna entidad oficial, particular o corporativa podrá poner trabas a las actividades que desarrolle cualquier profesional dentro del marco de sus Incumbencias.
_Se encuentran legisladas por leyes y decretos.

Por ejemplo, si sos ingeniero civil podes diseñar, calcular y proyectar estructuras, edificios, obras civiles y puentes, y sus obras complementarias e instalaciones entre otras cosas por que está dentro de tus incumbencias.

El Ministerio de Educación redujo las actividades que pueden ejercer los graduados de carreras consideradas de interés público, como Arquitectura, Psicología, Ingeniería y otras.



El Ministerio de Educación resolvió modificar las incumbencias profesionales de diversas carreras universitarias consideradas de “interés público”. Además de disponer que diferentes carreras pueden compartir actividades específicas, Educación también dispuso limitar las incumbencias reservadas a determinadas carreras. “Esta medida es otra muestra del proyecto educativo mercantilista que impulsa el gobierno de Cambiemos. Buscan recortar atribuciones y contenidos para degradar las carreras de grado de las universidades públicas y favorecer así a las universidades privadas y el pase de contenidos a los posgrados pagos”, cuestionó Adrián Lutvak, copresidente de la FUBA.

La Ley de Educación Superior (de 1995) creó la figura de “carreras de interés público” y estipuló que el Estado debe aprobar sus contenidos y estándares mínimos, además de controlarlas periódicamente a través de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau). En ese conjunto se encuentran carreras como Medicina, Ingeniería, Arquitectura, Psicología, Odontología, Farmacia, Bioquímica, Veterinarias, Agronomía, Biología, Química, Geología, Computación.

Ahora, mediante la resolución 1254/2018, que se publicó el viernes pasado en el Boletín Oficial, Educación precisó lo que se entiende por “alcances” de un título universitario y por “actividades profesionales reservadas exclusivamente” a un título. En ese marco, modificó numerosas resoluciones tomadas por la propia cartera entre 2001 y 2012, todas referidas a las incumbencias de diferentes carreras: así, redujo las actividades profesionales que pueden ejercer los graduados.

La decisión generó fuertes cuestionamientos en el ámbito académico: el recorte de incumbencias supone que, para adquirirlas nuevamente y desempeñarse en el área, será necesario cursar posgrados específicos, que son arancelados, a diferencia de las carreras de grado, gratuitas.



Hasta ahora, la reacción más fuerte se produjo en las carreras de Psicología, disciplina que pasó de contar con 16 actividades reservadas a contar con sólo 5. Otra carrera ajustada de manera similar es la de Arquitectura, que pasó de 20 a 4.

“Es un brutal recorte de las actividades reservadas de los profesionales –consideró Mariana Gottardo (La Mella), presidenta del centro de estudiantes de Psicología en la UBA–. En nuestro caso, los psicólogos ya no podríamos tener incidencia en el ámbito jurídico forense, en la educación, en el ámbito socio-comunitario, dejando de lado los abordajes grupales, familiares, de pareja, entre otros. No sólo afecta directamente nuestra capacidad de ejercer nuestra profesión, sino que contradice la Ley de Ejercicio Profesional del Psicólogo.”


Acá podés consultar si tu carrera está afectada: https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/183989/20180518